domingo, 25 de noviembre de 2018

Marco regulatorio en México



El marco regulatorio en materia sanitaria inicia desde la (1) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Artículo 4° donde se cita textualmente "Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud..."


2. Ley General de Salud:  "reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social".

3. Reglamento de Insumos para la Salud (RIS): Tiene por objetivo "reglamentar el control sanitario de los Insumos y de los remedios herbolarios, así como el de los Establecimientos, actividades y servicios relacionados con los mismos".

4. Acuerdo por el que se determinan los lineamientos a los que estará sujeta la venta y dispensación de antibióticos. 
Este derivo de la problemática que se tiene respecto al abuso de antibióticos, provocando que las bacterias se vuelvan resistentes a estos medicamentos y las enfermedades bacterianas sean cada vez menos tratables. Con este acuerdo obligan al paciente a asistir con un médico para que se le diagnostique correctamente y a su vez la dispensación sea la correcta.

5. NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM), a continuación se mencionan algunas de las más importantes.

5.1. NOM-059-SSA1-2015 Buenas Prácticas de Fabricación de Medicamentos. La norma establece  los puntos mínimos para trabajar bajo un Sistema de Gestión de Calidad con el fin de asegurar la eficacia y seguridad de los medicamentos, esta dedicada tanto para la industria farmacéutica como para los almacenes de depósito y distribución que están sobre territorio Mexicano.

5.2. NOM-073-SSA1-2015 Estabilidad de fármacos y medicamentosos, así como de remedios herbolarios.

5.3. NOM-072- SSA1-2012 Etiquetado de medicamentos y de remedios herbolarios.

5.4. NOM-137-SSA1-2008 Etiquetado de dispositivos médicos.

5.5. NOM-241-SSA1-2012 Buenas Prácticas de Fabricación para establecimientos dedicados a la fabricación de dispositivos médicos.

5.6. NOM-220-SSA1-2016, Instalación y operación de la farmacovigilancia.

5.7. NOM-240-SSA1-2012, Instalación y operación de la tecnovigilancia.

6. Suplemento de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) para los establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud. Quinta edición; sexta edición en espera.



Citas:
1.- http://www.ordenjuridico.gob.mx/leyes.php

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